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Se acoge amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Alto Bíobío, ordenándose l…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Alto Bíobío, ordenándose la entrega de “un listado de todas las licitaciones (públicas, privadas y tratos directos) que tuvieron término anticipado durante marzo de 2020 y diciembre de 2023.Con número de ID, nombre de la obra y proveedor”. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y a los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, que debe obrar en poder del organismo reclamado y respecto de la cual no concurre ni se ha invocado causal de secreto o reserva. Que, sin perjuicio de lo anterior, se hace presente a la Municipalidad de Alto Bíobío lo dispuesto en el artículo 7°, letra e), de la Ley de Transparencia, respecto de la obligación de transparencia activa concerniente a la publicación, en sus sitios electrónicos, de las contrataciones para el suministro de bienes muebles, para la prestación de servicios, para la ejecución de acciones de apoyo y para la ejecución de obras, y las contrataciones de estudios, asesorías y consultorías relacionadas con proyectos de inversión, con indicación de los contratistas e identificación de los socios y accionistas principales de las sociedades o empresas prestadoras, en su caso; obligación que debe ser cumplida en observancia de la Instrucción General de Transparencia Activa de esta Corporación.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.