Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso acogió el incidente de improcedencia del reclamo por extemporaneidad, atendido a que se acreditó que la notificación de los giros reclamados fue el día 18.03.2025 y no el día 26.03.2025, cuestión que necesariamente implica concluir que el plazo legal y fatal de 15 días para reclamar mediante este procedimiento se encontraba vencido al momento de interponer el reclamo.