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La Corte Suprema, a través de su Tercera Sala, se pronuncia sobre un caso de fraude ban…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte Suprema, a través de su Tercera Sala, se pronuncia sobre un caso de fraude bancario y transacciones electrónicas no autorizadas. La sentencia reafirma la aplicación estricta de la Ley N°20.009 que regula la limitación de responsabilidad de usuarios de tarjetas de pago y sistemas de transacciones electrónicas. El tribunal acoge parcialmente el recurso interpuesto a favor de Manuel Cruz Larenas, ordenando la restitución de 35 unidades de fomento. Para el saldo restante, se procede conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N°20.009. La resolución elimina considerandos previos y establece criterios sobre la responsabilidad en casos de fraude telemático.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.