Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a Alcalde por Pemuco, Johnnson Neftalí Guiñez Núñez, reclamó contra la Resolución N°G3193 del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales. El Tribunal Calificador de Elecciones analizó las observaciones formuladas. Determinó que las observaciones N°2, 5, 6 y 7 fueron subsanadas con los antecedentes acompañados. La observación N°3 se mantuvo porque no se justificó adecuadamente una donación de una persona extranjera. Respecto al reembolso, solo accedió a la factura N°2408 que estaba pendiente de pago. Los gastos rechazados representan un 0,3% del total declarado, por lo que no se configuran incumplimientos graves. En consecuencia, acogió parcialmente la reclamación, aprobando la cuenta con una observación y concediendo el reembolso en lo correspondiente.