Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional rechaza el requerimiento de inaplicabilidad presentado por Reynaldo Eduardo Oliva Lagos en contra de los artículos 256 N° 8° y 332 N° 2° del Código Orgánico de Tribunales. El requirente, quien fue ordenado Diácono Permanente en 2012 y posteriormente dispensado del ministerio diaconal en 2014 por el Papa Francisco, fue cesado en sus funciones como Ministro de la Corte de Apelaciones de Arica en noviembre de 2024. Argumentaba que las normas impugnadas que impiden ejercer como juez a quien ha recibido órdenes eclesiásticas mayores eran inconstitucionales. El Tribunal estima que las disposiciones cuestionadas no resultan inconstitucionales en su aplicación al caso concreto.