Resumen del criterio jurisprudencial
El caso trata de un recurso de protección interpuesto por Salinas contra la Contraloría General de la República Atacama (o DIPRECA) por retener el pago del montepío a la segunda cónyuge. La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, sosteniendo que la conducta de DIPRECA constituyó un acto de autotutela prohibido por la Constitución. El tribunal razonó que DIPRECA asumió la función judicial de juzgar la validez del vínculo matrimonial, función exclusiva de los tribunales. La decisión reafirma el principio de que las entidades administrativas no pueden tomar la justicia por su cuenta. Se citaron los artículos 19 N°3, 76 de la Constitución y el artículo 1° del Código Orgánico de Tribunales. Se acogió el recurso, ordenando a DIPRECA cesar la retención.