No se ajusta a derecho la cláusula contractual que estipula que en caso de pérdida, ext…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1999
Resumen
No se ajusta a derecho la cláusula contractual que estipula que en caso de pérdida, extravío o deterioro de elementos de protección del trabajador o de herramientas a su cargo, se descontará su valor residual con un tope del 15% de su remuneración mensual, y ello sobre la base de una tabla de depreciación elaborada por el Comité Paritario de Higiene y Seguridad de la empresa.
Normas citadas
Ley N° 16.744
Código del Trabajo
Artículo 66 de la ley 16.744
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