Administrativo

Artículo de la Ley 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, que regula la or…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, que regula la organización interna. Permite que dos o más municipalidades compartan una misma unidad, excluidas la secretaría municipal, el administrador y la unidad de control, mediante convenio. El desahucio unilateral solo produce efectos desde el año presupuestario siguiente, con el fin de optimizar recursos humanos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.