Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, que regula la organización interna. Permite que dos o más municipalidades compartan una misma unidad, excluidas la secretaría municipal, el administrador y la unidad de control, mediante convenio. El desahucio unilateral solo produce efectos desde el año presupuestario siguiente, con el fin de optimizar recursos humanos.