Penal

Artículo 130 del Código Procesal Penal chileno que define las situaciones de flagrancia…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 130 del Código Procesal Penal chileno que define las situaciones de flagrancia para efectos de detención. Establece seis supuestos, desde quien comete el delito hasta quien aparece en registro audiovisual, con un plazo máximo de doce horas entre la comisión y la captura.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.