TributarioAcoge

Es dable considerar que el traspaso de fondos se realizó durante el año 2007 tributario…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2014

Resumen

Es dable considerar que el traspaso de fondos se realizó durante el año 2007 tributario 2008, por cuanto en esa fecha debió el servicio de impuestos internos solicitar la justificación de los dineros facilitados por su cónyuge, y no en el año tributario 2010 como aconteció, teniendo presente que la determinación de los impuestos son de forma anual.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Ley sobre Impuesto a la Renta
  • Circular N° 8 de 2000
  • Ley 20.322
  • Código de Procedimiento Civil
  • Circular N° 8
  • Resolución Ex. N° 25515
  • Artículo 63 del Código Tributario

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