Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a alcalde por Rengo, Enrique del Barrio Hernández, reclamó contra la resolución del Director del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales y denegó el reembolso. El tribunal analizó dos observaciones: una por publicidad en redes sociales por $112.334 (0,23% del total), que se tuvo por subsanada con comprobantes de pago. La otra observación fue por gastos de cierre de campaña por $23.800.000, donde el Servicio Electoral consideró insuficiente el informe de actividades. El candidato acompañó un informe ampliado, fotografías y licitaciones de Mercado Público que demostraron que el precio era razonable. El tribunal estimó que la documentación permitía subsanar la observación y que no se configuraban las hipótesis del artículo 50 de la Ley N°19.884. Por ello, acogió la reclamación, aprobó la cuenta y autorizó el reembolso correspondiente. La ministra Ravanales votó en contra, por estimar que no se justificó el valor de mercado.