TributarioInadmisible

El 9 de mayo de 2019, Nuevos Desarrollos S.A., representada por el abogado Manuel Aleja…

Resumen del criterio jurisprudencial

El 9 de mayo de 2019, Nuevos Desarrollos S.A., representada por el abogado Manuel Alejandro Lisboa Cordero, interpuso un reclamo tributario contra las resoluciones RES EX. SII 1558 y RES. EX.128 del Servicio de Impuestos Internos, relativas a avalúos de bienes raíces. El Tribunal, mediante resolución del 17 de mayo de 2019, ordenó a la reclamante cumplir con los requisitos del artículo 125 del Código Tributario, específicamente acompañar el acto reclamado y antecedentes que acreditaran la interposición dentro del plazo legal, bajo apercibimiento de tener por no presentado el reclamo. Se otorgó un plazo de cinco días, el cual venció el 24 de mayo de 2019. El 4 de noviembre de 2019, el Secretario certificó que la reclamante no había cumplido con lo ordenado dentro del plazo de apercibimiento. En consecuencia, el Tribunal aplicó el artículo 125 inciso final del Código Tributario y tuvo por no presentado el reclamo. La resolución se fundó en la fatalidad de los plazos procesales establecida en el artículo 64 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente. El Juez Titular Luis Alfonso Pérez Manríquez dictó la resolución.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.