El Consejo para la Transparencia acogió un amparo por denegación de acceso a informació…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo por denegación de acceso a información y ordenó al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Maule entregar los presupuestos financiados, especificaciones técnicas, planos de loteo y de viviendas, con indicación de la superficie de cada unidad, correspondientes a proyectos habitacionales postulados o adjudicados por EGIS o constructoras entre el 1 de enero de 2016 y el 30 de septiembre de 2017, en el marco del Decreto Supremo N° 49, de 2011, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. La decisión fue unánime y se fundó en que los proyectos cuentan con aprobación de la autoridad y que la entrega no afecta derechos comerciales o económicos de terceros. Se otorgó un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de quince días corridos.
Normas citadas
Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoGestión y administración territorial (Urbanismo)
Preguntas frecuentes
¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo de acceso a la información procede algún recurso?
En este caso, el Consejo sostuvo que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos. El resumen no indica si ese reclamo ha sido interpuesto.
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