M.P.C.M. interpone acción de protección en favor de su padre J.C.C., quien fue dado de…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2024
Resumen
M.P.C.M. interpone acción de protección en favor de su padre J.C.C., quien fue dado de alta del Hospital San Juan de Dios. La familia alegó no contar con recursos económicos para proporcionar los cuidados necesarios que requería el paciente, quien se encontraba con oxígeno, sonda nasogástrica, sonda Foley y otras dependencias médicas. El hospital informó que el paciente estaba en condiciones de alta, mentalmente consciente y capaz de tomar decisiones. La Corte rechaza el recurso por pérdida de oportunidad, ya que el paciente fue trasladado al domicilio de su hermana I.E.C.C. antes de la resolución. Se determina que no existe acto arbitrario o ilegal que justifique la protección constitucional solicitada.
Normas citadas
Artículo 20 de la Constitución Política de la República
acción de protecciónderecho a la saludalta médicapérdida de oportunidadderechos constitucionalesarbitrariedadcapacidad de decisión del pacientecuidados paliativos
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