Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen del Servicio Nacional de Aduanas que clasifica arancelariamente un producto compuesto por 99,8% de azúcar y 0,2% de cloruro de sodio. Resuelve que procede su clasificación en el ítem 1701.9100 del arancel aduanero, conforme a la Ley N° 19.897 y las notas explicativas de la partida 17.01.