Resumen del criterio jurisprudencial
Concluyó que las medidas de privacidad implementadas por la compañía tecnológica generaron un desequilibrio en el mercado, obligando a los desarrolladores a duplicar sus solicitudes de consentimiento. Esta conducta, considerada discriminatoria y desproporcionada, habría favorecido el negocio publicitario propio de la empresa en detrimento de los competidores, vulnerando la normativa europea sobre funcionamiento del mercado interior.