Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía, resolvió no dar lugar al reclamo presentado por el abogado don arnoldo mora vásquez, en representación de la sociedad alto villarrica s.a, en contra de la de notificación de infracción nº 1447826, con fecha 22 de febrero de 2019, cursada por la ix dirección regional del servicio de impuestos internos, por infracción descrita y sancionada en el artículo 97 n°10 del código tributario. el tribunal estimó al efecto que se constató que el infraccionado no emitió documentos tributarios tales como como boleta o factura por servicios de hospedajes y alimentación, hechos constatados personalmente por fiscalizadores del servicio de impuestos internos. igualmente, estimó el sentenciador que la documentación aportada por el reclamante no logró desvirtuar la acción sancionatoria del servicio y que se pudo constatar la existencia de tres transferencias electrónicas a la cuenta bancaria de la reclamante efectuadas el 6, 11 y 15 de febrero de 2019, por montos que corresponden al que se indica en el presupuesto o documento de detalle de servicios que sirvió de base para la infracción cursada.