Tributario

Los socios de una sociedad corresponden a sujetos tributarios distintos de la sociedad…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los socios de una sociedad corresponden a sujetos tributarios distintos de la sociedad y que se encuentran afectados por impuestos diferentes; ya que a la sociedad se le liquida por Impuestos a las Ventas y Servicios, Impuesto de Retención del artículo 74 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y de Primera Categoría y el otro, el de los socios, corresponde al Global Complementario.

SIIjurisprudencia judicial tributaria

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.