Laboral

La jornada ordinaria máxima que, diariamente, pueden desarrollar los profesionales de l…

Resumen del criterio jurisprudencial

La jornada ordinaria máxima que, diariamente, pueden desarrollar los profesionales de la educación que laboran en establecimientos municipales no puede exceder de las 10 horas.

Estatuto DocenteMunicipalizadoJornada de trabajo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.