Resumen del criterio jurisprudencial
La jornada ordinaria máxima que, diariamente, pueden desarrollar los profesionales de la educación que laboran en establecimientos municipales no puede exceder de las 10 horas.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.