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El Instituto Nacional de Derechos Humanos interpuso recurso de protección en favor de 1…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Instituto Nacional de Derechos Humanos interpuso recurso de protección en favor de 132 registros de personas/hogares del sector del Servicio Sanitario Rural (APR) Mañío en Temuco, contra la Delegación Presidencial Regional de La Araucanía, la Superintendencia de Servicios Sanitarios y la Ilustre Municipalidad de Temuco, por la cesación de la entrega de agua potable mediante camiones aljibe y la grave intermitencia del suministro. Sostuvo que esas omisiones vulneraban el derecho a la vida y la igualdad ante la ley, protegidos en el artículo 19 N° 1 y N° 2 de la Constitución. Los recurridos pidieron rechazar la acción: la Delegación invocó extemporaneidad y déficit estructural; la Municipalidad alegó falta de legitimación pasiva. La Corte recordó que el recurso de protección exige una acción u omisión ilegal o arbitraria que prive, perturbe o amenace un derecho constitucional protegido. Razonó que no se acreditó un actuar ilegal o arbitrario de los recurridos, pues actuaron dentro de sus competencias legales y el problema hídrico es estructural y no atribuible a ellos. En consecuencia, rechazó el recurso, sin costas.

Protección-Protección

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.